La antigüedad en el puesto de trabajo justifica, de manera objetiva, la diferencia en las remuneraciones

HANSEL SALINAS
CEO DE SALINAS CAPITAL

El Tribunal de Fiscalización Laboral Primera Sala , mediante Resolución N° 269-2021-SUNAFIL/TFL-Primera Sala en el caso  COMPAÑÍA MINERA LAS CAMELIAS S.A contra  Resolución de Intendencia N° 954-2021-SUNAFIL/ILM, de fecha 18 de junio de 2021 (Expediente Sancionador), otorgaron los siguientes puntos:

1.- A fin de identificar los criterios objetivos y razonables que justificarían una diferencia salarial no discriminatoria, “La regla general es la siguiente, la ley prohíbe pagar una remuneración menor que la que percibe una persona cuando ambos realizan trabajos que requieren la misma habilidad esfuerzo y responsabilidad y son ejecutados en el mismo establecimiento bajo similares condiciones, salvo que la diferencia se base en la antigüedad del mérito o la calidad o cantidad de producción o cualquier factor objetivo distinto  

"La antigüedad en el puesto de trabajo constituye causal para el otorgamiento de mejoras en la planilla de pagos, dado que sustenta de manera objetiva y razonable la remuneración del trabajador acorde a su perfil personalísimo; sin embargo, por tratarse de una conducta destinada a diferenciar los sueldos de los trabajadores, esta debe encontrarse debidamente sustentada bajo escalas o jerarquía remunerativas concretas, de tal manera que los trabajadores, y en especial la autoridad inspectiva, compruebe su compatibilidad frente al principio de igualdad, lo que -contrariamente a lo alegado- no ha ocurrido en el presente caso"  

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