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EL CIERRE DE LA INVESTIGACIÓN EN EL CASO FUJIMORI

El caso Keiko Fujimori (Exp 298-2017) viene generando resoluciones particulares, en este caso observamos el cierre de la investigación preparatoria, las consideraciones son las siguientes: 1.- El Ministerio Público, concluye la investigación preparatoria y formula acusación contra los investigados, sin embargo, se hizo este acto procesal, sin actuar diligencias pendientes y ordenadas a nivel judicial (Incluso no se recibió la declaración ampliatoria de un investigado a quien le había ampliado la imputación para atribuirle nuevos hechos). 2.- Por parte de la defensa, se deduce la nulidad de la conclusión de la investigación preparatoria por vulneración del derecho de defensa, a la prueba, prohibición de la arbitrariedad, entre otros referidos a cuestiones irreparables en el proceso. 3.- El Poder judicial desestimó las nulidades señalando: A. El Código reconoce al fiscal la facultad de concluir la investigación preparatoria cuando considere que se ha cumplido con su objeto....

El depósito o retiro en cuentas de dinero electrónico no están gravadas con el ITF. INFORME N.º 000012-2022-SUNAT/7T0000

HANSEL SALINAS CEO  Respecto a  Consulta institucional sobre el sentido y alcance de las normas tributarias , se emplaza el desarrollo sobre la aplicación del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) respecto de operaciones de emisión de dinero electrónico previstas en la Ley N.° 29985, Ley que regula las características básicas del dinero electrónico como instrumento de inclusión financiera: 1. ¿Las operaciones efectuadas con dinero electrónico se encuentran gravadas con el ITF?  (ENTRE OTRAS PREGUNTAS) El nuevo Informe SUNAT afirma que "El depósito o retiro en cuentas de dinero  electrónico no están gravadas con el ITF (IMPUESTO A LAS TRANSACCIONES FINANCIERAS)". Como también, entre otras conclusiones otras conclusiones : 1.  El pago de cuotas a una Empresa del Sistema Financiero (ESF)  utilizando dinero electrónico, se encuentra gravado con el ITF; 2. L a entrega de fondos con cargo a colocaciones otorgadas por una ESF, sin utilizar las cuentas, pa...

¿Que pasa si no hay 4 votos conformes en los procesos constitucionales?

HANSEL SALINAS CEO El TC en noviembre 2021, mediante Resolución Administrativa 205-2021-P/TC dispuso la implementación del acuerdo de Pleno sobre la interpretación del primer párrafo del artículo 118 del Nuevo Código Procesal Constitucional, que dispone:  “Artículo 118. Las decisiones jurisdiccionales del Pleno En los procesos de hábeas corpus, amparo, hábeas data y de cumplimiento que de conformidad con su reglamento normativo son de conocimiento del Pleno, la sentencia requiere de cuatro votos conformes. Si en los procesos de hábeas corpus, amparo, hábeas data y de cumplimiento que son de conocimiento del Pleno se produce empate, el presidente del Tribunal Constitucional cuenta con voto decisorio. No le está permitido cambiar el sentido original de su decisión con el propósito de modificar el sentido del fallo. Cuando por alguna circunstancia el presidente del Tribunal Constitucional no pudiese intervenir para la resolución del caso, el voto decisorio recae en el vicepresidente d...

El Tribunal constitucional reitera la relacion de la debida motivacion en resoluciones de prision preventiva.

HANSEL SALINAS CEO El Tribunal Constitucional en reciente pronunciamiento recaído en el EXP. N.° 01509-2021-PHC/TC, en el caso de  a Ninel Romero Bartusiak, contra la resolución de fojas 973, de 22 de abril de 2021, expedida por la Segunda Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Piura, que declaró infundada la demanda de hábeas corpus, realizo las siguientes reflexiones REITERANTES respecto a la evaluacion del PELIGRO DE FUGA a niveles objetivos, dando las siguientes consideraciones: Como aspecto preliminar, la justicia constitucional , en la medida que trate de las resoluciones que tienen especial incidencia sobre la libertad personal (prisión preventiva, cesación de la prisión o sentencia condenatoria), la labor del Tribunal Constitucional consiste en evaluar si las mismas tienen suficiente sustento para que la afectación ordenada se considere constitucional y, por lo tanto, subsista.. 1.- Que, en el  Expediente 1091-2002-HC/TC, caso Vicente Ignaci...

El Tribunal constitucional define los supuestos de Defensa Publica Eficaz en materia penal

HANSEL SALINAS CEO EL TC mediante la Sentencia del  EXP. N.° 01341-2021-PHC/TC, ha definido los supuestos de DEFENSA PÚBLICA EFICAZ, en materia penal,  Rivelino López Córdoba, interpone demanda de hábeas corpus (fojas 18) y la dirige contra el juez a cargo del Tercer Juzgado Unipersonal de San Martín, Tarapoto, don Ricardo Bernardino Gonzales Samillan, donde han establecido las siguientes reflexiones: 1.-  La Constitución reconoce el derecho de defensa en el inciso 14 del artículo 139, en virtud del cual se garantiza que los justiciables, en la protección de sus derechos y obligaciones, cualquiera que sea su naturaleza (civil, mercantil, penal, laboral, etc.), no queden en estado de indefensión. De manera que su contenido constitucionalmente protegido del derecho de defensa queda afectado cuando, en el seno de un proceso judicial, cualquiera de las partes resulta impedida por concretos actos de los órganos judiciales de ejercer los medios necesarios, suficientes y eficace...

NORMAS LEGALES EN EL SECTOR INMOBILIARIO MARZO 2022

1.- RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS 17-2022-SUNARP/SN - Modifican el Reglamento de inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolución del Superintendente 97-2013-SUNARP/SN Referida resolución modificó los artículos 50, 51, 53, 55 y 136 del  Reglamento de inscripciones del Registro de Predios , siendo la fórmula siguiente:   a.-  Tratándose de posesiones informales ubicadas en terrenos de propiedad privada,  no es obligatoria la presentación de la copia certificada del acta de conciliación en la que conste la autorización expresa de los propietarios  a que alude el numeral 40.3 del artículo 40 del Reglamento del Título I de la Ley 28687,  siempre que la resolución que aprueba el plano perimétrico señale que se cumplio con la suscripción del acta de conciliación  (modificación del artículo 50 y 51 del Reglamento de inscripciones del Registro de Predios). b.-  En  caso de transferencias ...

NORMAS LEGALES EN EL SECTOR FINANCIERO - MARZO 2022

1.- SUPERINTENDENCIA DE MERCADO Y VALORES a.- RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE 12-2022- SMV/02  Se modifican los artículos 40 y 44, el inciso e), el título del inciso f), los incisos g), i), j), así como el último párrafo del inciso m) del Anexo F, del Reglamento de Agentes de Intermediación con el objetivo de mejorar el proceso de certificación de Representantes y equipararse a los estándares internacionales. También se busca incorporar la posibilidad de que los agentes de intermediación contraten personas jurídicas p ara brindar información relacionada con los servicios que ofrecen, se precisa el periodo de vigencia y renovación de los certificados de Representantes , se reestructura los componentes básicos y especializados del examen de idoneidad profesional, se reduce la periodicidad mínima del examen, etc. b.-  RESOLUCIÓN SMV Nº 2-2022-SMV/01 Se aprobó la modificación del Reglamento Interno de CAVALI S.A. I.C.L.V. Específicamente, el artículo 3.39 del Capítulo I “De las Disp...