¿Cuando el Estado te puede negar un documento?: Reglas de excepción al acceso de documentos en procesos deliberativos de decisiones públicas.
Hansel Salinas
CEO de Salinas Capital
SERVIR y su area responsable mediante Oficio 294-2021-SERVIR, formuló a la Dirección General de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del MINJUS -en adelante MINJUS- consultas referidas a la publicidad de documentos que contengan su pronunciamiento sobre decisiones gubernamentales aún en proceso de deliberación, así como de las excepciones al acceso en dichos casos, bajo el análisis de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LTAIP) -Artículo 17.1 -
MINJUS emite la Opinión Consultiva 44-2021-JUS/DGTAIPD, otorgando reglas de interpretación para determinar cuándo aplica la excepción al acceso de documentos en procesos deliberativos de decisiones públicas.
Sobre el particular, el acceso a la información pública se conforma por estos dos criterios:
Principio de Publicidad: Existe como regla general que todo documento de la Administración es de carácter público, por tanto debe ser entregado libremente.
- Como excepciones a esta regla; No puede entregarse libremente documentación bajo los siguientes casos: (i) información secreta, (ii) información reservada e (iii) información confidencial (artículos 15, 16 y 17 de la LTAIP).
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