GUÍA BÁSICA PARA DECLARAR EL IMPUESTO A LA RENTA 2021
Declarar el IMPUESTO A LA RENTA es una tarea compleja, la cual exige sentido de cumplimiento tributario, así como la eficiencia del mismo.
En esta oportunidad le ofrecemos una guía anti omisiones a efectos que SUNAT no le calcule multas e intereses a personas tanto naturales como jurídicas.
1.- El Impuesto para personas naturales (Incluido SOCIEDADES CONYUGALES y SUCESIONES INDIVISAS)
A.- Toda persona que se encuentre en Perú debe declarar rentas percibidas en el país o en el extranjero durante el 2021 (excepto de los alquileres de inmuebles ubicados en el país y las que se encuentran en el régimen de TFI)
B.- La renta o ganancia obtenida en Perú son de (5) categorías, cada una con sus reglas, tasas y deducciones como:
a. Arrendamiento inmobiliario, cesión de uso de bienes y cesión de predios.
b. Ganancias por enajenación de inmuebles gravados y valores.
c.- Actividad Empresarial (Se declara en forma independiente)
d.- Independientes y Directores de Empresa
e.- Trabajadores en planillas (No obligados a presentar declaración anual)
C.- Asimismo, para la conversión de rentas extranjeras a moneda nacional, va calcularse conforme al tipo de cambio establecido en la página web de la SBS en la fecha de su PERCEPCIÓN, excepto los que están en el régimen TFI.
2.- PERSONAS JURÍDICAS (INCLUIDO PERSONAS NATURALES EMPRESARIAS)
A.- Deben pagar la tasa anual de 29.5% (Excepto sus regímenes especiales) SOBRE LA RENTA NETA, luego de deducir o calcular costos y gastos.
B.- Los ingresos gravables se declaran BAJO EL CRITERIO DE LO DEVENGADO, que se calcula en base al valor del mercado.
C.- SUNAT revisa los gastos deducibles más que los ingresos mismos.
D.- Los gastos financieros por préstamos en actividades gravadas, sus intereses no pueden exceder del 30% del año anterior (EBITDA).
E.-En depreciaciones, solo se admitirán los que están en el reglamento de la LEY DE IMPUESTO A LA RENTA (DEBE ESTAR CONTABILIZADO) - No aplica a edificios ni a regímenes promocionales/sectoriales-
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