¿Que opina el Tribunal Fiscal de la Propiedad Horizontal?
¿En qué casos un contribuyente tiene más de una propiedad?
RTF 06987-7-2019
HANSEL SALINAS
RTF 06987-7-2019
HANSEL SALINAS
CEO DE SALINAS CAPITAL
Conforme al artículo 19 de la Ley de Tributación Municipal expone el supuesto donde el contribuyente tenga una sola propiedad accede al beneficio de la deducción de 50 UIT para el pago del impuesto predial:
1. Según el TRIBUNAL FISCAL en el RTF 06987-7-2019, si una edificación tiene más de dos pisos y no cuenta con la Declaratoria de fábrica ni Reglamento Interno, se determina que si y sólo si existe una propiedad dependiendo:
Conforme al artículo 19 de la Ley de Tributación Municipal expone el supuesto donde el contribuyente tenga una sola propiedad accede al beneficio de la deducción de 50 UIT para el pago del impuesto predial:
1. Según el TRIBUNAL FISCAL en el RTF 06987-7-2019, si una edificación tiene más de dos pisos y no cuenta con la Declaratoria de fábrica ni Reglamento Interno, se determina que si y sólo si existe una propiedad dependiendo:
A. El área construida por cada piso.
B. La distribución de ambientes por piso.
Ejemplo:
B. La distribución de ambientes por piso.
Ejemplo:
Supuesto uno: UNA PROPIEDAD
Una casa de tres pisos se distribuye de la siguiente forma:
Pisó uno cochera, sala , cocina, baño, jardin;
Piso dos: Pasadizo, Salon de Estudio
Piso tres: Dormitorios y terraza
En cambio, en un supuesto dos: MÁS DE UNA PROPIEDAD (Asi no cuente con Independización y Reglamento Interno) se da : Cuando la misma casa de tres pisos tenga las mismas distribuciones en cada nivel
Puede leer la resolución aquí: http://www.mef.gob.pe/contenidos/tribu_fisc/Tribunal_Fiscal/PDFS/2019/7/2019_7_06987.pdf
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